Nueva Ley del Alquiler, principales puntos - Inmobiliarias Encuentro

Noticias.

Te contamos lo que te interesa.

Nueva Ley del Alquiler, principales puntos a tener en cuenta

Nueva Ley del Alquiler principales puntos

Hace ya unos meses que el Gobierno aprobó la nueva Ley de Vivienda en la que los alquileres son uno de los puntos que más debate han generado y sobre los que hablaremos en este artículo. De esta manera, podremos tener más claro qué es lo que hay que tener en cuenta y cómo afecta la nueva legislación a los alquileres.

Dentro de las modificaciones llevadas a cabo, la regulación de los precios del alquiler fue una de las que más discusiones generó, pero que logró desbloquearse. Con la nueva ley se permite limitar los alquileres de propietarios con más 10 inmuebles. Pero no solo vamos a centrarnos en los precios, ya que hay varios puntos clave que se deben conocer y que pasaremos a comentar a continuación.

¿Cuáles son los puntos clave de la nueva Ley del Alquiler?

Todos los puntos que se van a tratar afectan tanto a los dueños de pisos en alquiler como a sus inquilinos, por lo que conviene leerlos atentamente para conocer bien la legislación actual y no cometer ningún error.

Se crearán alquileres públicos en promociones de nuevas viviendas

El objetivo de este punto es que todas las promociones de nuevas viviendas cuenten con una reserva del 30% de los pisos destinados al parque público y la mitad de ese porcentaje debe dirigirse a alquiler social. Por poner un ejemplo, un edificio de obra que tenga 100 inmuebles, destinará 30 a alquiler público y 15 de ellas al alquiler social.

Ventajas fiscales para los pequeños propietarios

La nueva Ley de Vivienda indica que los pequeños propietarios son aquellos que tienen menos de 10 viviendas en propiedad. Ellos podrán optar a incentivos fiscales y descuentos que les ayudarán a bajar el precio del alquiler.

Se plantea una bonificación de hasta el 90% de las rentas que consigan estos propietarios si bajan los precios de los alquileres. Algunas de estas bonificaciones son:

  • Del 50% si el precio se baja un 5% en comparación al contrato anterior.
  • Del 70% si se alquila por primera vez a jóvenes de entre 18 y 35 años o si es un contrato nuevo que cuente con mejoras o rehabilitación en el inmueble.
  • Del 90% si el alquiler es en áreas tensionadas.

Si tienes una vivienda vacía ésta tendrá más impuestos

El objetivo es lograr alquilar las viviendas vacías, por lo que aquellas que lleven más de dos años sin estar habitadas y cuyos propietarios tengan más de 4 pisos, el Gobierno permite a los ayuntamientos aumentar el IBI con un recargo de hasta el 150%.

Establecer un límite de alquiler a viviendas de grandes propietarios

Estos grandes propietarios son los que cuentan con más de 10 viviendas o una superficie construida de más de 1.500 m2. La nueva ley indica que tendrán que adaptar el precio del alquiler al índice de referencia de la zona tensionada donde estén los pisos. Así, se conseguirá limitar el precio del alquiler al precio del contrato anterior.

Creación de un bono joven de vivienda

Esta nueva legislación propone la creación de un bono joven de vivienda que ayude con un importe de 250€ mensuales durante los próximos dos años. Con este bono podrán beneficiarse los jóvenes de entre 18 y 35 años cuyos ingresos anuales sean inferiores a 23.725€. Este bono se podrá complementar con más ayudas directas al alquiler de hasta el 40% de su valor si son familias vulnerables. El bono joven se limita a viviendas con una renta igual o superior a 600€/mes.

Regulación de los desahucios

Con la nueva ley se quieren regular los procedimientos jurídicos y los contratos de alquiler en las situaciones de familias más vulnerables. Se pretende mejorar la comunicación entre las administraciones de justicia y los servicios sociales para que sea más efectiva.

Se han ampliado de 1 a 2 meses el plazo de lanzamiento de desahucios en el caso de que el dueño del inmueble será una persona física y de 3 a 4 meses si el propietario es una empresa.

Establecer las zonas tensionadas

En este caso, será el estado y cada comunidad autónoma los que se encarguen de decir qué barrio o municipio es una zona tensionada. Si se declara una zona tensionada, tendrá que serlo durante un mínimo de 3 años, y se podrá prorrogar año a año con el objetivo de evitar que los precios del alquiler suban de forma indiscriminada.

Para que una zona se declare tensionada el precio medio del alquiler debe ser más del 30% de los ingresos medios de las personas que vivan en esa zona. Por ejemplo, si esos ingresos medios son de 25.000€, el precio de los alquileres no tendría que superar los 5.000€ anuales, unos 415€ al mes. Todos los propietarios de viviendas en esa zona tendrán que respetar los índices de referencia que se marquen.

Estos son algunos de los principales puntos de la Nueva Ley del Alquiler que hay actualmente. Si estás pensando en alquilar tu vivienda, en Inmobiliarias Encuentro podemos asesorarte y ayudarte a conseguirlo en el menor tiempo posible. Contamos con los mejores profesionales del sector y con una amplia red de oficinas inmobiliarias para que puedas elegir la más cercana a ti.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Responsable del tratamiento: Los datos tratados en el presente formulario, serán tratados por la empresa GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN INMOBILIARIAS ENCUENTRO, S.L. con CIF B8712113 y domicilio en CALLE TOLEDO, 82, LOCAL 4 - 28005 MADRID como Responsable del Tratamiento de los datos. Finalidad: Le queremos informar que la finalidad de los datos recogidos es la gestión de usuarios de la página web, así como la gestión de comunicación electrónica.Legitimación: consentimiento otorgado marcando la correspondiente casilla de verificación. Sus datos personales serán tratados en base a nuestra política de privacidad. Negativa otorgar el consentimiento: El hecho de que no introduzcas los datos que aparecen marcados como obligatorios en el formulario tendrá como consecuencia la no atención de su solicitud.Destinatarios: Sus datos no serán cedidos a ninguna empresa, salvo obligación legal. Derechos: Puede acceder, rectificar y suprimir sus datos, portabilidad de los datos, limitación u oposición a su tratamiento, derecho a no ser objeto de decisiones automatizadas, así como a obtener información clara y transparente sobre el tratamiento de sus datos, tal como se explica en la información adicional. Derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad de Control (AEPD): Desde GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN INMOBILIARIAS ENCUENTRO, S.L. ponemos el máximo empeño para cumplir con la normativa de protección de datos dado que es el activo más valioso para nosotros. No obstante, le informamos que en caso de que usted entienda que sus derechos se han visto menoscabados, puede o ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).Información adicional:Puede consultar la información adicional y detallada sobre protección de Datos en nuestra página web: www.iencuentro.es.

Inmobiliarias Encuentro en los medios

¿Quieres pertenecer
al Club de Inversores Encuentro?

Déjanos tus datos y nos pondremos en contacto contigo lo antes posible para informarte de sus ventajas.

Inmobiliarias Encuentro en los medios

Accede desde aquí al
Club de Inversores Encuentro

Ir al contenido